Las empresas de cualquier índole, tamaño o actividad, deben conformar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, para proteger la salud de los trabajadores de acuerdo a las normas jurídicas de imperativo cumplimiento de cada país y a la Organización Mundial del Trabajo. Adicionalmente redunda en mejorar la productividad de las empresas.
La obligación de los empleadores de asegurar a sus trabajadores contra los riesgos profesionales y a adoptar y desarrollar Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo permiten minimizar y/o eliminar riesgos que afecten la salud y las condiciones del medio ambiente laboral..
La prevención de los riesgos profesionales es responsabilidad de los empleadores, de acuerdo a los distintas normas jurídicas. Asimismo, son responsables de los riesgos originados en su ambiente de trabajo.
Los empleadores están obligados a informar a sus trabajadores de los riesgos a que pueden verse expuestos en la ejecución de las labores antes y/o después de asumir el cargo de acuerdo al contrato firmado entre las partes o convenciones colectivas, así como la de capacitar y entrenar al personal en materia de seguridad y salud laboral.
La Gerencia no debe ver la salud ocupacional como una obligación sino como un elemento que permite que desde el factor de la productividad, lo siguiente:
- Mantener empleados saludables, física y mentalmente,
- Personal satisfecho con la labor que realizan,
- La seguridad como un estimulante para la producción,
- Sentido de pertenencia.
- Disminución de las inasistencias al trabajo, por motivos de quebrantos de salud,
- Celeridad en los procesos administrativos.
En conclusión las Organizaciones deben estar conscientes que el Talento Humano es el más importante de todos los recursos y garantizando su salud y seguridad laboral estará implícitamente asegurando un aumento del factor producción y agilidad de los procesos administrativos.
Félix María Samaniego
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